Petición judicial obliga apertura parcial archivos de la dictadura



La apertura de una parte de los archivos de la dictadura por parte del poder ejecutivo, a responde a una petición de un juez federal, emitida en septiembre de 2009, que estudia los crímenes de lesa humanidad cometidos en aquella época.
    El decreto, que lleva el número 4/2010, responde a solicitudes del Juzgado Federal número 1, en relación con una causa sobre el campo de detención clandestina llamado "La Cacha", de La Plata.

El dictamen presidencial, publicado el 6 de enero en el boletín oficial del Estado, exceptúa cualquier tipo de información "relativa al conflicto bélico del Atlántico Sur". Es decir, que el decreto no será aplicado a toda la documentación que tenga relación con la guerra de las Malvinas, el enfrentamiento armado de 1982 entre Argentina y el Reino Unido y cualquier otro conflicto de carácter interestatal".
El texto del decreto aclara además que "en ningún caso, se dejará sin efecto la clasificación de seguridad otorgada a la información de inteligencia estratégica militar a la que se refiere el artículo 2º, inciso 4º" de la Ley de Inteligencia Nacional.


Es necesario destacar que el material desclasificado está en su casi totalidad en  conocimiento del Archivo Nacional de la Memoria, que tiene acceso a la documentación del Ministerio de Defensa, pero que no podía ser hecho público sin un decreto específico en cada caso.

Los archivos desclasificados no son sobre la represión sino sobre los grupos de inteligencia del Ejército, lo que permite ubicar en tiempo y funciones a los mismos.

Actualmente están en curso, entre otros, los juicios por delitos de lesa humanidad cometidos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) y en los centros de desaparición y exterminio llamados Club Atlético, Banco y Olimpo (ABO).

Los organismos de Derechos Humanos reclaman desde hace años que las Fuerzas Armadas y de Seguridad "entreguen los archivos de la represión" que, a juicio de esas entidades, podrían esclarecer el destino de los desaparecidos. Sin embargo,  desde la Secretaria de DDHH  se informó que este tipo de material "no aparece" y que probablemente no haya sido conservado en forma "orgánica" por los represores.

Pero tal como lo han manifestado los sobrevivientes de los campos de secuestro conocidos como ABO, en los mismos se "confeccionaba una ficha por cada víctima, muy precisa, que incluia nombre real, alias si lo tenía, datos completos de la familia -padre,madre, esposo/a, hijos, etc- y el número y la letra con que era reconocido durante la detención ilegal". Los testimonios agregan que en esa ficha se consignaba, además, "el destino final" de cada secuestrado, como por ejemplo "traslado", que significaba muerte, o "apto para ser reintegrado a la sociedad", que en pocos casos significó la liberación.