El juez federal Daniel Rafecas elevó a juicio oral y público al ex dictador Jorge Rafael Videla imputado por centenares de violaciones a los derechos humanos cometidas durante el autodenominado "Proceso de Reorganización Nacional".
Videla deberá hacer frente a una acusación por 30 homicidios, 552 secuestros y 264 casos de torturas que tuvieron lugar en la jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército.
Entre los hechos por los cuales Videla será sometido a juicio, se encuentra el secuestro del escritor Haroldo Conti; el homicidio de Marcelo Gelman, hijo del poeta Juan Gelman; y delitos contra intelectuales como los cineastas Roberto Carri y Pablo Szir, y militantes políticos como Delia Bisutti y Raymundo Gleizer, entre otros.
Estos centenares de hechos no formaron parte de la denominada "causa 13" por la que fueron juzgados los comandantes militares que dieron el golpe de estado del 24 de marzo de 1976.
La medida tomada por Rafecas completa las anteriores elevaciones a juicio dispuestas en las megacausas vinculadas con los hechos que tuvieron lugar en los centros clandestinos "Atlético", "Banco" y "Olimpo", radicada ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Dos y en la que actualmente se están llevando a cabo las audiencias de debate oral.
La causa referida a los hechos cometidos en "El Vesubio" está radicada en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Cuatro -que tiene previsto comenzar con las audiencias en el mes de marzo próximo-; y sobre el centro clandestino de represión "Automotores Orletti" la lleva el TOF1.
La elevación a juicio decretada por Rafecas también comprende a algunos de los hechos por los cuales fue recientemente condenado Jorge Carlos Olivera Róvere, quien ocupó el cargo de Jefe de la Subzona Capital Federal, así como los casos de personas que estuvieron clandestinamente alojadas en otros centros clandestinos de detención.
"El avance del proceso seguido en el país reafirma la voluntad del Estado argentino de someter a juicio a los máximos responsables de los delitos de lesa humanidad perpetrados por la última dictadura militar, y cancela la posibilidad de que se ventilen en el extranjero juicios por el terrorismo de Estado en la Argentina", dijeron las fuentes.
En la misma causa y con relación a la investigación de las violaciones a los derechos humanos que tuvieron lugar en el Hospital Profesor Alejandro Posadas, Rafecas decretó la elevación a juicio de Juan Máximo Copteleza quien se desempeñó como personal civil de inteligencia de la Fuerza Aérea Argentina.
Durante su actividad en ese centro asistencial Copteleza se desempeñó como segundo jefe del grupo de tareas conocido como "SWAT", que "recibió su nombre a raíz de la violencia, autoritarismo y abuso de armas con que se dirigía dentro del hospital, sumiendo en un estado de terror a empleados y pacientes", dijeron las fuentes.
Este grupo cumplió funciones en el único centro clandestino de detención y tortura, llamado "El Chalet", que funcionó en un centro de salud pública, meses después de que el hospital fuera ocupado militarmente por fuerzas al mando del dictador Reynaldo Bignone.
En la resolución dictada por Rafecas se tuvo por probado que Copteleza cumplió funciones de guardia, dirigió los interrogatorios y las torturas a las que fueron sometidos médicos, enfermeras y otros empleados de ese nosocomio.
La testigo Gladys Cuervo recordó que Copeteleza le clavó un atizador en el pecho, mientras cantaba la marcha de San Lorenzo y gritaba "para los enemigos ni justicia"; que solía andar por el Hospital Posadas como dueño y señor, con armas largas y maltratando a los pacientes.
El juez también dispuso este miércoles el procesamiento de Miguel Ángel Almirón y Francisco Silvio Manzanares -ex integrantes de la Policía de la provincia de Buenos Aires- por los hechos que tuvieron lugar en la ciudad de Junín, provincia de Buenos Aires, correspondiente a la Subzona 13 del Primer Cuerpo de Ejército.
En ese pronunciamiento, Rafecas tuvo por acreditada la existencia de un circuito represivo en dicha jurisdicción que comprometió el funcionamiento de diversos centros clandestinos de detención; entre ellos, la Comisaría Primera de Junín fue uno de los principales destinos dentro del circuito represivo instaurado en la subzona.
Al Comisario Inspector Miguel Ángel Almirón -quien al momento de los hechos se encontraba a cargo del Destacamento de Morse- se lo encontró responsable por la privación ilegal de la libertad agravada que damnificó a 15 personas y de los tormentos sufridos por 14 de ellas.
Las resoluciones dictadas este miércoles, se suman al auto de procesamiento que decretó el pasado 22 de diciembre respecto de Miguel Osvaldo Etchecolatz, Rubén Oscar Páez, Raúl Rolando Machuca y Julio César Argüello, vinculado al accionar represivo de la Policía de la provincia de Buenos Aires.
En ese fallo Rafecas tuvo por probado que una comisión policial de la Brigada de Investigaciones de La Plata, integrada por los imputados Machuca y Argüello, llevó a cabo el día 24 de junio de 1977 un procedimiento en La Plata que culminó con el secuestro de María Paula Álvarez y Daniel Omar Favero, quienes a la fecha permanecen desaparecidos.
Las fuentes recordaron que la detención de Favero y Álvarez "se inscribió en la persecución desatada por la policía bonaerense del grupo de estudiantes afiliados a la Juventud Universitaria Peronista, muchos de cuyos integrantes fueron mantenidos en ilegal cautiverio y sometidos a sesiones de torturas".