Murió en su casa el genocida ex Jefe del Ejército Cristino Nicolaides

Una muerte que se anticipó a la Justicia

Nicolaides cumplía una condena domiciliaria por violaciones a los derechos humanos, pero por su enfermedad no podía ser juzgado en la causa por el plan sistemático de robos de bebés que comienza en los primeros    , y decía que :  “el marxismo persigue a la humanidad desde 500 años antes de Cristo”.  (¿?)
 
 Por Alejandra Dandan

Murió en Córdoba el represor Cristino Nicolaides. Ex jefe del Ejército e integrante de la cuarta Junta Militar formada después de la derrota de Malvinas, murió el sábado a la noche a los 86 años de edad. Por razones de salud, su nombre había sido borrado de la lista de acusados en la causa por robos de bebés de la última dictadura, cuyos debates orales están a punto de iniciarse. Alertados porque sus abogados pedían nuevamente que no se lo juzgase por razones de salud, Abuelas de Plaza de Mayo envió un perito de parte a verlo hace unos seis meses. El abogado de Abuelas, Alan Iud, confirmó a Página/12 que el deterioro en su estado de salud era cierto, que efectivamente el militar ya no comprendía nada, pero también aseguró que si el juicio oral se hubiese hecho cuatro o cinco años atrás, el represor que encontró en su indisposición permanente una suerte de salvoconducto judicial podría haber sido condenado.

Los restos de Nicolaides fueron velados y cremados con celeridad. Su abogado Alejandro Zeverín confirmó a la prensa cordobesa que esas medidas se llevaron adelante por decisión de sus familiares.

Nicolaides nació en Córdoba en 1925. Integró la Junta de Comandantes que asumió el poder a medida que se despedazaba la dictadura. Fue quien ungió a Reynaldo Bignone para presidir la última etapa del “proceso”, y a quien se lo recuerda entre los autores del llamado “Documento Final sobre la Lucha contra la Subversión y el Terrorismo”, que declaró muertos a los desaparecidos, y por el que estuvo acusado en la causa de Abuelas. Escapó del Juicio a las Juntas de 1985 por un acuerdo negociado por las Fuerzas Armadas con el ex presidente Raúl Alfonsín. De esa manera se le concedió una especie de autoamnistía por la que ni él ni los miembros de la última Junta fueron juzgados. Antes emitió la orden de quemar los documentos de la represión, impartida en noviembre de 1983 por el Estado Mayor General del Ejército para destruir las pruebas antes de la apertura democrática, otra de las acusaciones por las que iba a ser juzgado en la causa por el Plan Sistemático. Desde la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, el subsecretario Luis Alén recordaba anoche una de sus frases más célebres: “El marxismo viene persiguiendo a la humanidad desde quinientos años antes de Cristo”.

A lo largo de los últimos años, el deterioro del estado de salud se convirtió en uno de sus mejores salvoconductos. No sólo lo salvó ahora de quedar incluido en el juicio oral que empieza el próximo 28 de febrero en la causa impulsada por Abuelas de Plaza de Mayo. Sucedió lo mismo en Corrientes y con la causa por la masacre de Margarita Belén en el Chaco. “De la Brigada que él comandaba salió la orden de traslado de los que terminaron siendo fusilados ese 13 de diciembre de 1976, con el nombre de ‘Operativo Rojo’”, recordó anoche el fiscal general Jorge Auat, enrolado entre quienes batallaron por conseguir primero quitarle el beneficio del indulto que había conseguido Nicolaides y entre quienes una vez que lo consiguieron tuvieron que escuchar, luego, que eran las razones de salud las que impedían procesarlo y habilitaron una vía para separarlo de la causa.

En 2007 esas mismas razones de salud le permitieron no estar presente en la sala de audiencias de los Tribunales porteños para escuchar lo que finalmente fue su primera y única condena a 25 años de prisión por el secuestro y la desaparición de integrantes de la organización Montoneros, que volvieron al país enrolados en lo que se llamó la Contraofensiva. Entre ellos estaba Ricardo Marcos Zucker, el hijo del actor Marcos Zucker, secuestrado en febrero de 1980. En 1997, el sargento Nelson Ramón González –ex miembro de un grupo de tareas– dijo en un reportaje de televisión que el propio Nicolaides ordenó fusilarlo en el polígono de tiro de Campo de Mayo. Durante el juicio, se supo que además ordenó el fusilamiento de otras dos personas que luego fueron incineradas entre neumáticos. El juicio fue llevado adelante por Ariel Lijo, y ese fue el primer juicio contra los jefes de la dictadura militar tras la derogación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

Es en ese sentido que Luis Alén decide hacer un subrayado: “Se murió condenado”, dice. “Y pese a esa condena –sigue– él ya tenía además una condena ética y moral de parte de la sociedad, y eso es para destacar.”

El sábado a la noche el estado de salud de Nicolaides desmejoró por una complicación pulmonar, según el parte de su abogado.

Las causas en las que estaba acusado o estaba siendo investigado incluyeron desde procesos en Corrientes a Chaco, Córdoba, el área de Campo de Mayo e incluso la acusación por el Plan Sistemático que dibujan de alguna manera una huella de lo que fueron sus pasos. Cristino Nicolaides fue jefe del Ejército entre diciembre de 1981 y julio de 1982. Pero antes, entre abril de 1976 y enero de 1978, estuvo a cargo de la Brigada de Infantería VII y de la subzona 23 del II Cuerpo del Ejército en Misiones, Chaco, Formosa y parte de Corrientes. Comandó la guarnición de Campo de Mayo del Ejército entre diciembre de 1979 y 1980. Y entre diciembre de 1980 y diciembre de 1981 fue jefe del III Cuerpo de Ejército en Córdoba.

Hasta hace seis meses, su nombre integraba la lista de acusados de la causa por los 33 casos de apropiación sistemática de niños a cargo del Tribunal Oral Federal 6 porteño. También están acusados los represores Jorge Rafael Videla y Bignone. En aquella visita a Córdoba, el perito de Abuelas confirmó no sólo que el estado de salud de Nicolaides iba a servirle nuevamente como salvoconducto. En el mismo análisis, el perito supo que si hubiese sido sometido a una batería de fármacos cuatro o cinco años atrás se podría haber contenido el proceso de deterioro. Si además, la etapa oral se hubiese hecho antes, Nicolaides podría haber sido juzgado.

El capitán José Luis D’Andrea Mohr –un luchador por los derechos humanos– lo conoció en 1962 durante los enfrentamientos entre azules y colorados, cuando a Nicolaides lo nombraron subdirector de la Escuela de Tropas Aerotransportadas (paracaidistas) de Córdoba, de la que él formaba parte. El ex capitán ya fallecido siguió sus pasos hasta denunciarlo por la incineración de los documentos sobre los desaparecidos en 1983. “Era gordo y torpe”, dijo a Página/12 a fines de los ’90. “Con pocas aptitudes para tirarse de un avión, apenas llegó, llenó los calabozos de soldados y con poco esfuerzo se hizo odiar por todos. A los oficiales nos ordenó concurrir a cenar al comedor del casino de saco y corbata, pero lo solucionamos en short y remera mudando las mesas al jardín.” El 2 de abril de 1963, a Nicolaides se le rebelaron los soldados. Era jefe de la guarnición, y por entonces los oficiales decían que era “un hombre de nalgas griegas” por su apellido. En la embestida lo introdujeron en el escobero, entre lampazos, baldes, jabón y papel higiénico. Algunos historiadores –dijo D’Andrea Mohr más tarde– sostienen que la oscuridad del escobero lo inspiró para planificar acciones tan heroicas como la de Margarita Belén. “Pueden ser calumnias de zurdos. O de carapintadas. O de pelilargos y barbudos a los que Cristino persiguió con saña en su aristotélica guerra ideológica.” De eso sabía mucho. Quizá por eso cuando decoró un pasillo de la Escuela de Tropas con retratos de próceres, encima de la leyenda “Facundo Quiroga” aparecía un ignoto hombre perfectamente rasurado y de aspecto mussoliniano.

Torturas en los centros mendocinos

Declaró Ricardo Puga, sobreviviente de la dictadura, actual diputado provincial.

Estuvo en los centros clandestinos Papagayos y D-2 y en el penal de Boulogne Sur Mer. Relató los tormentos a los que fue sometido ante el tribunal que juzga a diez represores por los casos de 24 víctimas.
  
”Hay infinidad de dirigentes políticos que estuvieron vinculados con la dictadura... pero no voy a mencionarlos.” La afirmación, ante el Tribunal Oral Federal N0 1 que conduce el primer juicio por delitos de lesa humanidad en la capital de Mendoza, pertenece al diputado provincial Ricardo Puga, sobreviviente de los centros clandestinos Papagayos y D-2 y ex preso político del penal de Boulogne Sur Mer durante la última dictadura. Puga declaró ayer, durante la decimooctava audiencia del juicio oral a diez represores por secuestros y torturas contra 24 víctimas, incluido el poeta, periodista y militante montonero Francisco Urondo. El coronel retirado Tamer Yapur, de 87 años, fue trasladado desde su prisión hogareña al hospital privado Español, de Godoy Cruz. El juicio continua el miércoles 19 de enero.

El actual presidente de la Comisión de Derechos y Garantías de la Cámara baja mendocina, donde integra un bloque unipersonal, detalló ante el tribunal que preside Juan González Macías las torturas que padeció durante los meses posteriores a su detención, el 13 de enero de 1976. Puga militaba en el Partido Auténtico y había acusado de poner una bomba en la casa del ex gobernador Alberto Martínez Baca al brigadier Julio César Santuccione, jefe de policía de Mendoza desde 1975 y luego símbolo del terrorismo de Estado en Cuyo.

“Me interceptó una persona que dijo ser de Investigaciones. Me pidió el documento y me llevó hacia una rural Fiat 125. Ahí aparecieron tres hombres con pelucas y me metieron en el asiento de atrás”, relató Puga. De inmediato recordó el mensaje por radio que emitió uno de los secuestradores: “Ya tenemos el paquete”.

La primera escala fue en un descampado del barrio Univev, donde lo obligaron a bajar del vehículo, lo encapucharon, lo esposaron y lo metieron en el baúl de un Ford Falcon. “Como mis manos fueron sujetadas por delante pude bajarme la venda, pero cuando se dieron cuenta me partieron los dientes de un culatazo”, añadió Puga, según registró ayer el diario virtual Mendoza Online.

En el centro clandestino Papagayos, que reconoció durante una inspección ocular en democracia, padeció la primera sesión de corriente eléctrica. “Me llevaron a una habitación y un rato después empezaron a aplicarme picana. Tomaban mate mientras yo me orinaba por la picana”, relató. También le hicieron cavar un hoyo en la tierra y lo sometieron a varios simulacros de fusilamiento.

Los interrogatorios estaban a cargo de un personaje apodado “Porteño”, al que volvería a escuchar en el D-2, el departamento de informaciones de la policía. “Por la forma de hablar y de dirigirse al resto, para mí se trató de un militar”, sugirió Puga. La pregunta que reiteraba a cada secuestrado era “¿Quién mató a Cuello?”, un policía asesinado en los meses previos.

Luego de “cinco o seis días” en el primer centro clandestino, Puga fue trasladado el D-2, por donde pasaron la mayor parte de los testigos de la causa. Allí llegó “con una costilla rota, los testículos quemados por la aplicación de picana y doce kilos menos de peso”, precisó el diputado. En la dependencia escuchó “el comentario de otro preso de apellido Sgroi acerca de que las sesiones de picana podían ser aguantadas”. Entonces “los represores escucharon los dichos, se lo llevaron y lo torturaron más salvajemente antes de tirarlo otra vez en su celda”, recordó.

Puga agregó que en el D-2 no fue sometido a picana pero sí a golpizas. “Una vez me encerraron en el baño y me pegaron. Ahí también escuché al ‘Porteño’”, destacó. La última etapa en cautiverio fue en el penal de Boulogne Sur Mer, del que fue liberado a fines de 1976. Allí el ex comisario Naman García “dio vía libre a la represión”, declaró.

Cuando el querellante Pablo Salinas le preguntó por dirigentes políticos vinculados al aparato represivo, Puga mencionó al ex concejal de Las Heras Roberto Lucas. “Me enteré que participó en un operativo como miembro de la CNU”, dijo, en referencia a la Concentración Nacional Universitaria. También recordó el caso del ex comisario Carlos Rico Tejeiro, ex subsecretario de Seguridad del gobernador Celso Jaque, y manifestó que varios de los funcionarios designados por el ex ministro Carlos Aguinaga “hicieron los cursos de lucha antisubversiva”. Ante una nueva pregunta de Salinas, abogado del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, Puga admitió que “hay muchísimos dirigentes políticos que estuvieron vinculados con la dictadura... pero no voy a mencionarlos”.

Revocaron la excarcelación de un ex policía

Lo dispuso la Cámara Federal de Bahía Blanca. Se trata de Osvaldo Vicente Floridia, ex suboficial de la Policía Federal. Está investigado por secuestros, imposición de tormentos y amenazas, en perjuicio de dos víctimas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca revocó la excarcelación del ex suboficial de la Policía Federal Osvaldo Vicente Floridia, acusado por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno militar.

Asimismo, los jueces Angel Alberto Argañaraz y Ricardo Emilio Planes dispusieron que la detención sea prevista con posible alojamiento hospitalario, ya que el imputado presentaría problemas de salud.

En la causa, Floridia está acusado de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas y violencia con una duración mayor a un mes, con imposición de tormentos en perjuicio de dos víctimas.

Detenido en Viedma

Floridia fue detenido en su domicilio en Viedma, en el barrio Ceferino, cuando un grupo de la Policía Aeroportuaria enviado especialmente para la detención se presentó en su domicilio el jueves 11 de noviembre para cumplir con la orden y trasladarlo a Bahía Blanca, donde fue procesado.

Secuestró a Chironi

Cristina Cévoli, viuda de Eduardo “Bachi” Chironi, contó en varios medios de prensa que el propio Floridia le confesó que había llevado a su marido a Bahía Blanca tras haberlo secuestrado. “Te voy a llevar como lo llevé al otro”, le dijo el actual detenido a Cévoli en aquellos años de dictadura.

“Casi todas sufrieron abusos”

MARIA SONDEREGUER, INVESTIGADORA SOBRE VIOLENCIA DE GENERO
En una investigación particular realizada por Sondereguer, casi todas las mujeres que estuvieron presas durante la dictadura reconocen haber sufrido algún tipo de abuso sexual. Hasta el año pasado se consideraba un delito que prescribía.
  
 Por Mariana Carbajal

Desde hace más de tres años, María Sondereguer dirige una investigación sobre la violencia sexual y de género durante el terrorismo de Estado. En ese marco, un equipo de investigadores de los Centros de Derechos Humanos de las Universidades Nacionales de Lanús y de Quilmes vienen recolectando testimonios y analizado los que han aparecido en diversos juicios que dan cuenta de las violaciones que han sufrido las mujeres detenidas en los centros clandestinos durante la última dictadura militar. “Las denuncias que constan en el Nunca Más y los testimonios que han surgido con la reapertura de los juicios luego de la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida nos permiten señalar su sistematicidad”, señaló Sondereguer en una entrevista con Página/12. Encabeza el centro de DD.HH. de la UNQ, donde es profesora titular y desde 2009, además, directora nacional de Formación en Derechos Humanos de la Secretaría de DD.HH. de Nación.

–¿Encontraron denominadores comunes en los testimonios?

–Un elemento significativo es que en los testimonios que hemos recabado en la investigación, por fuera de los tribunales, y en muchos casos en conversaciones muy privadas y en un clima de confianza personal, casi todas las mujeres que estuvieron detenidas en los campos clandestinos de detención reconocen haber sufrido alguna forma de violencia sexual: desnudez forzada, manoseos de carácter sexual, penetración con objetos, picana en los pechos y genitales, violaciones sexuales.

–¿Qué significado tuvo la violación de mujeres en el marco del terrorismo de Estado?

–Consideramos que la “intervención” sobre los cuerpos por parte de los perpetradores se inscribe en un dispositivo disciplinario. La violencia sexual y las violaciones a las mujeres en el terrorismo de Estado tienen una función domesticadora. En los cuerpos se inscribe la disputa política: así, mientras el cuerpo violado de los varones es destituido de su masculinidad, en el cuerpo violado de las mujeres la agresión sexual inscribe la “soberanía” de los perpetradores. La “ocupación” del cuerpo de la mujer se asimila a la ocupación del territorio enemigo. Esta apropiación vale también para la “entrega” del cuerpo de las mujeres, en los vínculos sexuales e incluso amorosos, y no sólo en los encuentros sexuales forzados, sino en aquellos vínculos “consentidos” entre secuestradas y sus captores. Sabemos que el contexto no es neutro y está pautado por la violencia, y es indispensable reflexionar sobre las condiciones del consentimiento. Para las Fuerzas Armadas y las fuerzas de Seguridad, hay una gramática de los cuerpos que tiene una significativa incidencia en su constitución como sujetos.

–Se habían relatado violaciones y otros delitos sexuales durante el Juicio a las Juntas. ¿Por qué no se investigaron?

–Tanto en las declaraciones ante la Conadep como en el Juicio a las Juntas Militares en 1985, las mujeres denunciaron distintas formas de violencia sexual y en algunos casos expresaron haber sido violadas. Incluso puede estimarse que la cantidad de mujeres violadas fue muy superior a los casos denunciados. Hay que tener en cuenta que no se preguntó específicamente a las mujeres por las violaciones sexuales, las declaraciones fueron espontáneas. La percepción de que el número fue significativo se ve reforzada por la gran cantidad de testimonios de detenidos que dicen haber presenciado una violación. Pero en ese momento las denuncias de prácticas de violencia sexual hacia las mujeres –o hacia los varones– quedaron subsumidas en la figura de los tormentos y en las distintas vejaciones, y fueron relegadas ante la figura de la desaparición forzada que se consideró el elemento central de la metodología del terrorismo de Estado. Las violaciones y los abusos sexuales no adquirieron rango de hechos demostrables y por lo tanto no gozaron de jerarquía en la indagación de jueces y fiscales. Es necesario recordar que en el Código Penal argentino la violación sexual estaba tipificada como “delito contra la honestidad” y recién en el año 1999 la definición fue sustituida por la designación de “delito contra la integridad sexual”. Incluso hoy, las acciones penales en el caso de una violación son “acciones dependientes de instancia privada”, es decir, dependen de la acusación o denuncia de la persona agraviada.

–¿Qué cambió para que ahora haya otra escucha?

–Fue necesaria una transformación de los marcos sociales de memoria para que se empezaran a crear las condiciones para “nuevos” recuerdos: por un lado, la incorporación de la perspectiva de género en la investigación de violaciones masivas a los derechos humanos en situaciones de conflicto armado o en procesos represivos internos permitió identificar una práctica reiterada y persistente de violencia sexual hacia las mujeres y el debate jurídico a nivel internacional pudo entonces caracterizar la violencia sexual en el contexto de prácticas sistemáticas de violencia como una violación específica de los derechos humanos; por otro, en la indagación sobre los crímenes de violencia sexual ocurridos durante la dictadura se inscriben también otras circulaciones discursivas: las nuevas teorizaciones sobre género, los movimientos sociales feministas y algunos temas clave como la trata y tráfico de personas. La perspectiva de género nos ofrece una nueva capacidad de análisis que nos permite tomar distancia de la invisibilización que la problemática tuvo tanto en las políticas públicas como en las víctimas y en quienes reflexionan sobre estos temas.

–A nivel de la jurisprudencia internacional, ¿cómo se consideran las violaciones sexuales en contextos de terrorismo de Estado o guerras?

–En la legislación internacional, las violaciones sexuales sistemáticas son consideradas violaciones a los derechos humanos. El Estatuto de la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma), aprobado en 1998, estipula que es un crimen de lesa humanidad la violación, la esclavitud sexual, la prostitución y el embarazo forzados u otros abusos sexuales de gravedad comparable, cuando son parte de un ataque sistemático o generalizado contra una población civil. Pero ya en los tribunales internacionales ad hoc de Ruanda y la ex Yugoslavia la violencia sexual sistemática había sido probada y tipificada como tal. En la jurisprudencia interamericana, hace un par de años, la corte Interamericana de DD.HH. consideró la violencia sexual como una violación a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia hacia las Mujeres, en el caso de la masacre de mujeres en el Penal Castro Castro de Perú y recientemente estableció como tortura, entre otras violaciones a los DD.HH., la violencia sexual ejercida por agentes estatales contra dos mujeres indígenas en el estado de Guerrero, México.







“QUERIAN QUE TE CONVIERTAS EN NADA”
Un juicio “esperado”

     

 Por Mariana Carbajal

“Sin duda, los vejámenes sexuales tienen un componente machista, no sólo te muestran el poder de las armas, de la superioridad física, de la situación de inferioridad que de hecho se produce al estar vendadas y esposadas, sino también el símbolo la demostración del otro poder: el poder fálico”, dijo Silvia Ontivero . Ella los sufrió en su propio cuerpo, tres y cuatro veces por día durante su cautiverio en el D2, de la ciudad de Mendoza. Lo declaró hace pocas semanas en el juicio por delitos de lesa humanidad. La violación “era una forma más de degradación, la idea era convertirte en nada –agregó–. Es un recuerdo que no se borra nunca, eso de cómo percibes en ese momento la transformación de hombre a alimaña. No quiero decir animal por respeto a los animales. Como mujer lo que percibes es que quien te somete es un monstruo, no puedes verlo de otro modo porque ahí, en ese ser, esa alimaña, no hay inteligencia, ni humanidad, no está dentro de la categoría humana que estás acostumbrada a tratar”.

Desde hace varios años Ontivero vive en Chile, donde administra algunas pymes en el mundo de la informática, pero viaja con frecuencia a Mendoza donde tiene sus afectos, su historia, sus amigos, sus raíces. Cuando testificó ante el Tribunal Oral Federal Nº 1 de la capital provincial y dio cuenta de las violaciones que ella como otras mujeres detenidas en el centro clandestino que funcionaba en la Central de Policía padecieron sistemáticamente, varios de los presentes en la sala de audiencias no pudieron contener las lágrimas. Fui violada por más de veinte hombres, tres y cuatro veces al día. No eran los mismos. Respiraban distinto, olían distinto y hasta insultaban diferente. Ni siquiera podía bañarme”, declaró. A diferencia de Rosa del Carmen Gómez, otra de las testigos, Ontivero no pudo reconocer a sus violadores porque estuvo siempre encapuchada (ver nota central). Una vez en libertad, contó, perdió dos embarazos. “Una junta médica me revisó y me diagnosticó que por las descargas de la picana, tenía la vagina endurecida, como la de una mujer de 80 años”, declaró en el juicio.

–¿Cómo la afectó esa experiencia en su vida personal?

–En lo personal, fue un proceso largo, doloroso al principio, porque hasta que te encuentras con la posibilidad de amar y llegar a la intimidad, no sabes que vas a superarlo. Por eso, la superación tiene que ver con la pareja. Lo he conversado con otras mujeres violadas: esto se supera de a dos, cuando encuentras en la ternura, la comunicación y el cobijo del otro, el poder entrar en el escenario del amor y poder hablarlo hasta que no te quede nada adentro. En mi caso, durante años tuve horribles pesadillas que se fueron disipando, aunque con esto de los juicios, volvieron, más borrosas y más mezcladas, pero volvieron, horribles pesadillas que me dejan al día siguiente con un sabor amargo. Así y todo, y aunque parezca contradictorio estamos viviendo con mis compañeras y compañeros una etapa tan soñada que nos vemos y nos abrazamos, nos unimos a nuestras familias, somos una enorme cantidad de ciudadanos reparando y en reparación. Ha sido duro enfrentar el juicio, pero a su vez, ha sido aliviante. Nos ha dado una nueva posibilidad de reparar las heridas y soñar con saldar la deuda con nuestros compañeros desaparecidos.

–¿Fue la primera vez que contó sobre las violaciones?

–No. He declarado en todas las ocasiones que se fueron dando, sobre todo en aquellos requerimientos que en mi provincia fueron encarando las profesionales del MEDH. En el 2009, ante el doctor Héctor Masquelet, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, cuando comenzó la reactivación de los juicios. Tanto en el momento en que me llevan ante un juez en una dependencia policial, aproximadamente a los veinte días de la detención en el D2, donde llego absolutamente destruida en mis partes íntimas , como en estas últimas ocasiones, siempre denuncié lo que había pasado, y no sólo a mí, sino a todas las compañeras que yo escuché cómo las vejaban. También denuncié los vejámenes que sufrió Miguel Angel Gil en el D2. Fueron tan horrorosos que falleció allí mismo: asesinato por torturas.

Ataque sexual como un delito de lesa humanidad

Dos represores fueron detenidos en el juicio de Mendoza por violaciones a las prisioneras.
 
Las violaciones a las prisioneras eran consideradas “hechos eventuales” y por lo tanto prescribían. Desde el año pasado, al comprobarse que se trataba de una práctica sistemática, se las ha equiparado a otras torturas.
     
 Por Mariana Carbajal

Dos policías retirados que integraron el D2, el centro de detención y torturas de la ciudad de Mendoza en la última dictadura militar, fueron detenidos y encarcelados, tras ser denunciados en el juicio por crímenes de lesa humanidad que se sigue en la capital provincial por una testigo que los señaló como quienes la violaron de modo reiterado durante los nueve meses que estuvo presa en la cárcel clandestina que funcionaba en la Central de Policía de la calle Belgrano. Uno de ellos trabajaba actualmente en el planta verificadora de autos que maneja la fuerza. “Me manoseaban en la celda, me violaban”, contó Rosa del Carmen Gómez. Ella y otras dos testigos más del juicio, Silvia Ontivero y Luz Faingold, relataron, con mucho dolor, haber sido violadas salvajemente durante su permanencia en el D2. “Soportamos todo tipo de torturas, pero quizá la más horrorosa fue que por la calidad de mujer me violaron varias veces al día cuanto señor estaba de turno”, declaró Ontivero y recordó con “horror” cómo otra de las detenidas, que estaba recién operada, también fue vejada sexualmente. “Hasta hoy recuerdo sus sollozos diciendo que era virgen y entonces hicieron una violación contra natura”, dijo Ontivero, que tiene hoy 60 años y llegó desde Chile, donde vive, para testificar (ver aparte). Faingold era menor de edad cuando fue detenida y violada: tenía 17 años recién cumplidos.

“Esas violaciones ocurrían muchas veces, 10, 15 o 20 por día. Hay compañeras a las que las violaban cada media hora”, explicó otro de los testigos, ex detenido desaparecido, Fernando Rule.

Como ya salió a la luz en otros juicios por los delitos de lesa humanidad cometidos, cada vez con más detalles queda en evidencia que “las violaciones sexuales se produjeron en todos los centros clandestinos en forma sistemática”, destacó la abogada querellante del Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, Viviana Beigel. Para el abogado Pablo Salinas, también querellante del MEDH, las detenciones de los dos policías marcan un punto de inflexión entre la impunidad y la justicia: “Antes había impunidad total llegando al punto de encontrarse varias víctimas con sus abusadores en lugares de la policía donde tenían que hacer trámites”, apuntó a este diario.

El debate oral comenzó el 17 de noviembre. El martes último retomaron las audiencias, que no fueron suspendidas por la feria judicial. Son querellantes el MEDH, el gobierno provincial y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Es el primer juicio por delitos de lesa humanidad en la capital mendocina. Entre las mujeres que ya declararon, tres de ellas, Gómez, Ontivero y Faingold, manifestaron haber sido violadas. Otros dos testigos varones declararon haber tomado conocimiento de esas prácticas. “La parte más horrible de las torturas fue la forma en que el personal del D2 usaba la violencia sexual como método de tortura, porque la golpiza y la picana dolían, pero pasaban, pero el temor es otra cosa, es la impotencia de saber que pueden hacer con uno lo que quieran, incluso humillar, y eso hicieron con las violaciones. A mi mujer la violaban a metro y medio de mi celda. Un día me hacen tocarla para que viera que estaba colgada, desnuda, y hacen obscenidades y las relatan. Esas violaciones ocurrían muchas veces, 10, 15 o 20 por día. Hay compañeras a las que las violaban cada media hora”, contó Rule, y aseguró que una chica cordobesa que estaba frente a su celda “fue muy torturada y particularmente violada”. Rule fue el primer testigo del juicio. Su detención se produjo el 9 de febrero de 1976. Por entonces, estaba en pareja con Ontivero. Sus detenciones fueron simultáneas. Ella era delegada de ATE. “Ingresé embarazada al D2, pero lo perdí por la tortura y las violaciones”, contó ante el Tribunal Oral Federal Nº 1 conformado por los jueces Antonio González Macías, Alejandro Piña y Héctor Cortés. Fue en la audiencia del 20 de noviembre. De los golpes que recibió también le partieron la nariz. Ontiveros estuvo unos 18 días en el D2. Después pasó a la cárcel de Devoto y recién salió en libertad en 1982.

El 9 de diciembre declaró Rosa del Carmen Gómez. Fue detenida el 1º de junio de 1976. No era militante de ningún partido. Al parecer, la habían confundido –dijo– con una “jefa guerrillera”. Su extenso relato también da cuenta de las terribles violaciones sexuales que sufrió durante su cautiverio, que se prolongó por nueve meses. A partir del testimonio de Gómez, que identificó a sus violadores, se produjeron las detenciones de los policías retirados. “González y Lapaz, junto a Bustos Medina (ya fallecido), fueron los que más me violaron y me torturaron. Lapaz y González están vivos, y uno de ellos, Lapaz, trabaja en la planta verificadora de autos en Las Heras”, afirmó. Lapaz y González no estaban entre los acusados en el juicio. Los imputados son Tamer Yapur, Paulino Furió, Eduardo Smaha, Luis Rodríguez Vázquez, Celustiano Lucero, Dardo Migno y Juan Agustín Oyarzábal. En un principio también estaban siendo juzgados Juan Pablo Saa, que luego fue apartado (porque a los pocos días del inicio del debate oral sufrió un ACV y quedó en coma) y Osvaldo Fernández, que también fue separado por tener otra enfermedad grave.

El abogado Salinas, querellante por el MEDH, recordó que Rosa Gómez ya había brindado testimonio de las vejaciones sufridas en la D2, una vez que recuperó su libertad, ante el entonces fiscal Otilio Roque Romano. “Romano no sólo no hace nada con respecto a los abusos sufridos por ella sino que además la acusa de subversiva a los términos de la Ley 20.840, en base a declaraciones obtenidas bajo tortura y violación”, señaló Salinas. Romano es actualmente integrante de la Cámara Federal de Mendoza: está acusado como partícipe secundario en sus tiempos de fiscal –entre 1975 y 1976– en 94 hechos de privación ilegítima de la libertad, torturas y desapariciones. Presentó su renuncia en diciembre, pero todavía no le fue aceptada por la presidenta Cristina Fernández.

Las detenciones de los policías retirados ocurrieron el 27 de diciembre último, pero se conocieron recientemente. Héctor Lapaz y Miguel González fueron apresados por orden del juez federal Walter Bento, a pedido del fiscal del juicio Dante Vega, quien el mismo 9 de diciembre había solicitado la detención de ambos. Están acusados por violación agravada, tormentos y privación ilegítima de la libertad, todos en carácter de delitos de lesa humanidad. Se abstuvieron de declarar. Sus defensores pidieron la excarcelación, que fue rechazada, y quedaron en prisión. Apelaron. La Cámara Federal debe resolver sobre su situación.

El martes último, cuando se reanudó el juicio después de un par de semanas de receso, otro testigo, Eugenio París, quien también estuvo en el D2, confirmó que Rosa Gómez era violada repetidamente porque pudo verlo por la mirilla de la celda.

“Los de Rosa Gómez y París son testimonios claves, porque a ambos les tocó hacer tareas de limpieza, para lo cual les quitaron las vendas de los ojos”, explicó a Página/12 el abogado Salinas. Las violaciones y el abuso sexual que los represores cometieron en la última dictadura militar comenzaron a ser tratados como delitos de lesa humanidad recién el año pasado, ya que previamente fueron considerados hechos eventuales y, al no ser parte de un plan sistemático, la Justicia los consideró prescriptos. El primer fallo en establecer la violación como delito de lesa humanidad y tan imprescriptible como la tortura fue dictado en abril de 2010 por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, que condenó a 11 años de prisión a Horacio Américo Barcos, un agente civil de Inteligencia de esa provincia. En la sentencia, los jueces consideraron que la violencia sexual que ejerció el represor también constituye una forma más de tormentos y, por ende, es un crimen contra la humanidad. Ese fallo fue seguido por otro similar en Mar del Plata, donde la Justicia condenó a prisión perpetua al ex subjefe de la Base Aérea local, Gregorio Rafael Molina, por homicidio agravado, violaciones reiteradas agravadas, privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados

Ordenan reabrir causa contra Albano Harguindeguy

 La Justicia argentina ordenó hoy reabrir la causa contra el ex ministro del Interior, Albano Harguindeguy, por el secuestro de dos empresarios durante la dictadura militar.
El jurado investigará nuevamente al ex represor por la retención de Federico y Miguel Gutheim, dueños de una algodonera, presuntamente secuestrados por el gobierno de facto para forzarlos a firmar acuerdos económicos con Hong Kong.

Un tribunal federal argentino investigó al militar durante 2004 por esta causa y tras negarse a declarar quedó bajo arresto domiciliario.

De acuerdo con datos judiciales, la Cámara Federal ordenó interrumpir el proceso y la prisión preventiva contra Harguindeguy en octubre del 2009 por una supuesta enfermedad del imputado.
Tras un nuevo examen médico realizado este mes, un juez federal resolvió reabrir el juicio contra el general (r) por no encontrar motivos para continuar la suspensión de la causa, asegura el informe de la fiscalía.

La renovación de la orden ocurre a menos de una semana de dictarse la sentencia a cadena perpetua contra el ex dictador Jorge Videla y el ex jefe militar Benjamín Menéndez. 45 militares y policías de la dictadura argentina recibieron condenas por violación de los derechos humanos.

La orden contra el ex ministro, de 83 años, se suma al proceso seguido contra cerca de 150 ex represores en el último cuatrienio

Demoras de los "hermanos" apropiados Noble Herrera

Marcela y Felipe Noble Herrera debían comparecer a las 9 en el Hospital Durand, donde funciona el Banco Nacional de Datos Genéticos, según la orden de la magistrada que lleva adelante la causa por la apropiación de los hijos de la dueña del Grupo Clarín durante la dictadura militar.

Según lo publicado el miércoles por el diario Clarín, los abogados de los jóvenes adelantaron que interpondrían un escrito ante la Cámara Federal de San Martín impugnando la medida solicitada por la magistrada.

"Es un escrito desesperado más para entorpecer y demorar la investigación", sostuvo ante la prensa el abogado de una de las querellas, Pablo Llonto, en las puertas del Hospital Durand.

Llonto recordó que "desde diciembre de 2002 está ordenada esta medida de prueba que ocho años después todavía no puede cumplirse".
El abogado se refirió a la medida ordenada por el destituído juez Norberto Marquevich.
Los abogados Llonto y Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, se retiraron con la notificación de la directora del BNDG, María Belén Cardozo, informando a la jueza la no comparecencia.

En tanto, en conferencia de prensa en la casa de Abuelas, Estela de Carlotto aclaró que la medida de tomar muestras en forma obligatoria, en caso de que exista negativa por parte de los hijos adoptivos de Noble, fue un pedido de la institución "dado que no existen certezas sobre las muestras obtenidas en diciembre de 2009" y que esa medida "está de acuerdo a la más reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

En esa oportunidad, las muestras fueron ofrecidas voluntariamente en el Cuerpo Médico Forense y no en el BNDG como estipula la ley, a las que se agregaron las de tres allanamientos posteriores, material que fue objetado por Abuelas, recordó Carlotto.

"En lo referente al material recabado en el Cuerpo Médico Forense (mientras la causa estaba a cargo del juez Conrado Bergesio), no se garantizó debidamente su cadena de custodia", precisó.
"Además el establecimiento no estaba habilitado legalmente para tal función y los peritos de las querellas tampoco pudieron presenciar el procedimiento", dice el comunicado leído por Carlotto que también puntualizó que "se detectaron discordancias entre lo reflejado en las actas y lo que efectivamente sucedió".

Agregó también que "luego de ser separado de la causa, Bergesio retuvo por 13 días un juego de muestras en la caja fuerte de su despacho, la cual apareció con una manija rota el día que iban a ser trasladadas a otra dependencia".

"Tampoco existen garantías de que las muestras obtenidas en los allanamientos realizados por Bergesio en diciembre de 2009 pertenezcan a Marcela y Felipe" porque en ellos "la policía demoró más de una hora en ingresar a las viviendas después de avisar a los ocupantes", en tanto "los otros objetos secuestrados (cepillos de dientes, peines, máquina de afeitar) presentaban varios o ningún perfil genético", detalló.
Asimismo, puntualizó que "se compararon los perfiles genéticos de una prenda íntima y un par de pantuflas con los encontrados en las prendas secuestradas el 28 de mayo en el allanamiento ordenado por Arroyo Salgado" y que "si bien se halló una correspondencia con un perfil genético que aparecía en la prenda íntima femenina y en el pantalón masculino, también se detectaron contribuciones genéticas no identificadas en las mismas prendas".

Como conclusión -señaló- que "tras dos meses de trabajo, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos los peritos de parte coinciden en que no pueden afirmar que los perfiles genéticos detectados efectivamente pertenezcan a Marcela y Felipe" y que por esa razón "la jueza entendió necesario superar todos los interrogantes y recabar material genético directamente del cuerpo".

"En su resolución, la magistrada destaca que la medida se adecua a la ley, pues se han agotado todas las medidas alternativas disponibles para recabar ADN, por lo que ésta es la única vía que queda para que la investigación no se estanque definitivamente", indicó.

Abuelas recordó que para la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "una extracción sanguínea contra la voluntad de la víctima solo sería viable si no existiera otro medio idóneo para obtener ADN" y que este criterio "fue recogido por el Congreso Nacional cuando en noviembre del año pasado sancionó la ley Nº 26.549, aprobada por amplia mayoría y con el apoyo de diversos sectores sociales y políticos".

"El tiempo avanza inexorablemente y los familiares que buscamos a los hijos de nuestros hijos hace casi diez años que aguardamos para confirmar o descartar si Marcela y Felipe son hijos de desaparecidos", concluyó.

La causa por la identidad biológica de los hijos adoptivos de la empresaria Ernestina Herrera de Noble lleva ya ocho años de trámite, durante los cuales fue destituído el primer juez, Roberto Marquevich, luego de haber ordenado una breve detención de Ernestina de Noble, y apartado por moroso el segundo, Conrado Bergesio.

Condenas en Salta por la Masacre de Palomitas

Tres coroneles con perpetua

Los militares retirados Carlos Alberto Mulhall, Miguel Raúl Gentil y Hugo César Espeche recibieron la pena de prisión perpetua por el fusilamiento de once presos políticos ocurrido en 6 de julio de 1976.
     
A ocho años de la reapertura de la causa y a doce meses desde el comienzo del juicio, el juez federal jujeño Carlos Olivera Pastor condenó a la pena de prisión perpetua a los coroneles retirados Carlos Alberto Mulhall, Miguel Raúl Gentil y Hugo César Espeche, por su actuación en la Masacre de Palomitas, como pasó a la historia el fusilamiento de once presos políticos ocurrido en Salta el 6 de julio de 1976. A diferencia de las otras tres sentencias de esta semana, el juicio tramitó por el viejo Código de Procedimientos Penales, por lo que acusadores y condenados fueron notificados en sus domicilios el martes a la noche. Olivera Pastor, que se tomó hasta el último minuto de los cuatro meses de plazo que le otorgó para fallar la Cámara Federal de Salta, deberá decidir ahora el modo de cumplimiento de la condena por parte de Mulhall, de 81 años, y de Gentil, de 80, ambos con arresto domiciliario. En el caso de Espeche, de 65, excarcelado a mediados de 2010 por la prolongación de su prisión preventiva, ya ordenó su inmediata detención.

Al atardecer del 6 de julio de 1976, once presos políticos del penal de Villa Las Rosas fueron trasladados por oficiales del Ejército y fusilados a un costado de la ruta 34, en un paraje conocido como Palomitas, en el Departamento de General Güemes, a más de treinta kilómetros de la capital de Salta. “Con el fin de lograr mayor eficacia e impunidad en el operativo, que tendría como fin la muerte de las once personas, Mulhall en forma coordinada con sus consortes de causa implementaron operativos que les permitieran conseguir el objetivo buscado”, escribió el juez en su sentencia y precisó los roles de los condenados. “Quien ordenó el retiro desde el penal de Villa Las Rosas de las once víctimas y de los hechos que sucedieron después fue el jefe de la Guarnición Ejército Salta y jefe del área militar 322, coronel Mulhall. Quien intervino en todo momento, desde la elaboración del ilícito plan hasta la ejecución, dando las órdenes al personal de su dependencia para el cumplimiento del rol asignado, fue el jefe de la policía de Salta, teniente coronel Gentil. Quien ejecutó el retiro ordenado y el traslado de las víctimas hasta Palomitas fue Espeche. A los dos primeros les cabe responsabilidad en el ilícito cometido como autores mediatos, al último como partícipe necesario”, distinguió.

“Es una condena histórica que corona el esfuerzo y el trabajo intenso de ocho años”, resumió la abogada Tania Kiriaco, querellante que representa a familiares de víctimas y a la asociación Familiares de Detenidos y Desaparecidos de Salta. “Es una causa que iniciamos con el doctor David Leiva (abogado del Encuentro por Memoria, Verdad y Justicia) en 2002, cuando aún regían las leyes de impunidad, y fue la primera del país en la que un tribunal, la Cámara Federal de Salta, dictó la nulidad de la obediencia debida y el punto final”, destacó Kiriaco, también querellante junto a Leiva en el juicio que concluyó en abril con las condenas a Carlos Arias y Luis Angel Zírpolo por el asesinato del escribano Melitón Bustos.

La causa de la masacre tuvo un trajinar repleto de obstáculos. El juez federal Miguel Medina procesó a los tres militares en mayo de 2003, pero se inhibió tras la incorporación a la lista de imputados del entonces juez Ricardo Lona, que en 1976 había recibido de manos de Mulhall la versión oficial de la masacre, que se negó a investigar: “Una comisión del Ejército que procedía al traslado de presos subversivos hacia Córdoba fue interceptada y atacada por otros subversivos”, sostenía el escrito.

Ante las excusaciones de toda la corporación judicial salteña por su amistad manifiesta con Lona, la instrucción de la investigación se trasladó a Jujuy. Como la investigación se realizaba según el nuevo Código de Procedimientos, las defensas plantearon que debía regir el código vigente al momento de los hechos. La discusión jurídica en distintas instancias consumió varios años, hasta que la Cámara de Casación Penal que entonces integraba Alfredo Bisordi (hoy defensor de Luis Patti y otros represores) les dio la razón a los imputados y anuló la mayor parte del proceso, que prácticamente debió comenzar de cero.

Más tarde, la Cámara Federal de Salta resolvió que el juicio debía estar a cargo de un juez distinto del de la instrucción y asignó la causa a Olivera Pastor, secretario de un juzgado y a quien los querellantes nunca llegaron a conocerle la cara. Ante un pedido de pronto despacho de los querellantes y del fiscal jujeño Ricardo Batule, la Cámara Federal de Salta le dio un ultimátum de cuatro meses, que Olivera Pastor exprimió al máximo. La causa de la masacre tiene otros seis procesados con prisión preventiva en condiciones de recibir sentencia. Se trata del ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército Luciano Menéndez, que ayer consiguió su quinta condena a perpetua, y de los militares Juan Carlos Alzugaray, Joaquín Guil, Luis Donato Alvarez, Andrés del Valle Soraire y Ubaldo Vujovich, todos con arresto domiciliario.

Francia condenó a catorce represores del Cóndor

Contreras y Shaefer
Penas que van de 15 años a perpetua para José Osvaldo Riveiro y militares pinochetistas por cuatro desaparaciones.

El Tribunal de lo Criminal de París condenó a una docena de militares chilenos, entre los que se encuentra el ex jefe de la DINA, el general Contreras, a un civil chileno y a Riveiro por la desaparición de ciudadanos franceses.
    
 Por Eduardo Febbro (Desde París)

El coronel argentino José Osvaldo Riveiro siguió los pasos del capitán Astiz y se convirtió en el segundo militar argentino condenado en los tribunales franceses por su participación en la desaparición de personas. Ayer, el Tribunal de lo Criminal de París, presidido por el juez Hervé Stephan, condenó a una docena de militares chilenos, entre los que se encuentra el ex jefe de la DINA, el general Contreras, a un civil chileno y al militar argentino a penas que van desde los 15 años de prisión hasta cadena perpetua por la desaparición de cuatro franceses durante la dictadura de Augusto Pinochet.

Manuel Contreras, fundador de la policía secreta del pinochetismo, la DINA, está hoy entre rejas pero la Justicia francesa le agregó cadena perpetua. El otro condenado a esa pena máxima fue su número dos en la DINA, el general retirado Pedro Octavio Espinoza Bravo. En cuanto al argentino José Osvaldo Riveiro –en libertad–, el tribunal lo sentenció a 25 años de cárcel. Las sentencias dictadas el viernes cierran un largo y combativo proceso iniciado en Francia por la abogada Sophie Thonon y el abogado William Bourdon. El juez Le Loire emprendió la instrucción de los casos aceptados por la Justicia en octubre de 1988 y la jueza Sophie Clément terminó por ordenar la acusación ante la Corte en febrero de 2007. Las sentencias fueron mucho más lejos que las penas reclamadas por el fiscal, Pierre Kramer, quien había requerido penas que oscilaban entre los 15 y 20 años de cárcel. Los franceses Georges Klein, consejero de Salvador Allende, el ex sacerdote Etienne Pesle, que trabajaba en la reforma agraria y Alphonse Chanfreau, dirigente del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), desaparecieron en Chile entre 1973 y 1975. Jean-Yves Claudet, militante del MIR, desapareció apenas llegó a Buenos Aires en un operativo que implica a José Osvaldo Riveiro.

Como todo acto de justicia, que produce verdad y reparación moral, los familiares de las víctimas celebraron el juicio organizado en Francia contra estos 14 representantes de las peores horas de la historia de América del Sur. “Ninguna sentencia me va a devolver a mi padre, pero es un precedente importante para otras víctimas en Chile y en América latina”, dijo ayer Roberto Pesle. La víspera de la sentencia, los abogados y los familiares pidieron al tribunal que “les restituya la dignidad” y, a través de esa instancia, a “todas las víctimas que nunca podrán acudir ante la Justicia”.

Sophie Thonon, que defiende a la familia Claudet, había aclarado también que “éste no es sólo el proceso de los cuatro franceses, sino de todas las víctimas que nunca podrán acudir ante la Justicia”. Un juicio en ausencia tiene matices muy fuertes. Los acusados no están y las víctimas están desaparecidas pero la memoria de los familiares es un flujo que da vida a los desaparecidos y un Código Penal que acorrala a los torturadores, en eso que el abogado William Bourdon llamó el “habitáculo de la cobardía”.

Después de la condena a cadena perpetua de Alfredo Astiz (1990) por la desaparición de dos religiosas francesas, Alice Domon y Leónie Duquet, este juicio repara un vicio de impunidad de la Justicia chilena ante la desaparición de personas, un acto que Sophie Thonon calificó de “asesinato de los muertos”.

El caso del coronel argentino José Osvaldo Riveiro, alias “Balita” para sus socios de crimen y “Rawson” como lo mencionan los documentos secretos, ilustra hasta la vergüenza la forma en que los criminales lograron escapar de la Justicia. Riveiro está implicado en la desaparición de Jean-Yves Claudet, que era un militante del MIR chileno, responsable de las relaciones internacionales. Claudet hacía de correo de enlace entre los miembros del MIR que estaban exiliados en Francia y los que se encontraban en la Argentina. Tenía contactos con Edgardo Enríquez, hermano del secretario general del MIR, líder de la Junta Coordinadora Revolucionaria (JCR). René Valenzuela, responsable en París de la infraestructura del MIR en el exterior, contó que Edgardo Enríquez se encargaba de la organización de “las relaciones políticas internacionales con movimientos, países, y los grupos de apoyo de chilenos y extranjeros creados en el exterior”. La DINA buscaba a Enríquez pero antes encontró a Jean-Yves Claudet.

El agente de la DINA en la Argentina, Enrique Arancibia Clavel, detalló el arresto de Claudet con suma precisión. En un memorando que Arancibia Clavel envió a Chile escribió: “Cayó un correo de la JCR, francés, aparentemente de apellido Claudet. Dentro de sus pertenencias se encontraron 97 microfilms, con las últimas instrucciones desde París. Después del interrogatorio del mencionado Claudet, se logró determinar sólo que era correo de la JCR. Se le tomaron solamente fotografías. Claudet ya no existe”.

Riveiro secuestró a Claudet el día en que el francés llegó a Buenos Aires, el 1º de noviembre de 1975. Jean-Yves Claudet fue capturado en el Hotel Liberty, situado en la Avenida Corrientes. Riveiro se escabulló siempre de la Justicia. A sus 77 años sigue libre. El acomodado coronel actuó dentro del círculo de Guillermo Suárez Mason como cerebro del Batallón 601. En los años ’80 trabajó con el gobierno de Honduras y hasta llegó a entrenar a la contra nicaragüense en su guerra con los sandinistas. Su historial se prolonga en un vericueto de acciones represivas que constan en los Archivos del Terror.

Recién en diciembre de 2001 el represor argentino vio pasar la sombra de la ley. Un pedido del juez francés Roger Le Loire condujo al juez argentino Sergio Torres a encarcelar “preventivamente” a Riveiro con vistas a una eventual extradición. Estuvo detenido poco más de un mes. Pero en su fuga estrepitosa, el gobierno de Fernando de la Rúa había decidido unos días antes que la Argentina rechazaría cualquier pedido de extradición cursada por jueces extranjeros. El Ejecutivo de De la Rúa sólo se comprometió a introducir a los culpables “ante la Justicia nacional si los jueces extranjeros aportan las pruebas necesarias”.

Las pruebas y las condenas necesarias las aportó y las pronunció la Justicia francesa. A Riveiro le cayeron 25 años de cárcel, igual que a su cómplice en el secuestro, el chileno Arancibia Clavel. El general Raúl Iturriaga, el coronel Gerardo Godoy García, el general Luis Ramírez Pineda y el suboficial Basclay Zapata Reyes también fueron sentenciados a 25 años. El general retirado Herman Julio Brady fue condenado a 30 años de cárcel, igual que los coroneles Marcelo Luis Moren Brito y Miguel Krasnoff Martchenko. El coronel Rafael Ahumada Valderrama salió con una condena de 20 años y Emilio Sandoval Poo con 15 años. Manuel Contreras y el general retirado Pedro Octavio Espinoza Bravo imitaron a Astiz: cadena perpetua. Estos oficiales chilenos, el coronel y el marino argentino figuran en los anales de la vergüenza universal, al igual que los sistemas judiciales que, en su momento, les regalaron la libertad por encima de las muertes que provocaron.

Procesan a cinco personas acusadas de integrar un grupo paramilitar


Lo dispuso un juez federal de Mar del Plata. Están señalados por conformar la agrupación Concertación Nacional Universitaria con el objetivo de cometer crímenes calificados de lesa humanidad. Pidió la captura del ex fiscal Gustavo Demarchi


El juez Rodolfo Pradas, a cargo del Juzgado Federal Nº 3 de Mar del Plata, dispuso el procesamiento de cinco acusados de integrar un grupo paramilitar con el objetivo de cometer crímenes de lesa humanidad, en los días previos al golpe militar del año 1976.

Además, el magistrado declaró la rebeldía y ordenó la detención de otras personas señaladas en la causa, entre las que se encuentra el ex fiscal Gustavo Demarchi.

Según se informó desde el juzgado, en la causa se investiga la presunta conformación de los acusados “de una asociación ilícita, enmascarada en la agrupación CNU, valiéndose para ello de su pertenencia activa a la misma, o de una estrecha ligazón con dicho grupo, quienes se habrían agrupado con anterioridad al 20 de febrero de 1975, con un claro objetivo delictivo destinado a cometer una serie de ilícitos indeterminados, desde homicidios, privaciones ilegítimas de la libertad, como así también robos calificados por el uso de armas, sustitución de chapas patentes de los vehículos que utilizaban para cometer los distintos hechos de persecución política, falsificación de documentos, uso de documentos y/o credenciales falsas; intimidaciones públicas, incendios dolosos, coacciones, robos de automotores y otros injustos entre los que se encuentran los homicidios de Enrique “Pacho” Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla y Bernardo Alberto Goldemberg (21/3/75), Homicidios de Daniel Gasparri y Jorge Stoppani (25/4/75), Privación ilegítima de la libertad y homicidio de María del Carmen Maggi (9/5/75), todo ello con una clara voluntad de persecución hacia los militantes de izquierda, hechos oportunamente encuadrados en la categoría de delitos de lesa humanidad”.

A continuación, la parte dispositiva de la resolución:

"Con fecha 13 de diciembre de 2010 se dispuso decretar:

-AUTO de PROCESAMIENTO PRISION PREVENTIVA de MARIO ERNESTO DURQUET, en orden a los delitos de Asociación Ilícita previsto por el art. 210 del C.P. (texto conforme ley 20.642); homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más partícipes (5 hechos) que concurren materialmente entre si, de los que resultaran víctimas Enrique “Pacho” Elizagaray, Guillermo Enrique Videla, Jorge Enrique Videla, Jorge Lisandro Videla y Bernardo Alberto Goldemberg (arts. 55 y 80 inc. 6 del C.P.); privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y el
homicidio calificado por el concurso de dos o más partícipes cometidos en perjuicio de María del Carmen Maggi (arts. 142 inc. 1 del C.P. según ley 14.616, 55, 80 inc. 6 del C.P.); y homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas (2 hechos que concurren materialmente entre si) cometidos en perjuicio de Daniel Gasparri y Jorge Stoppani (arts. 55 y 80 inc. 6 del C.P.).
- AUTO DE PROCESAMIENTO SIN PRISION PREVENTIVA respecto de JOSE LUIS GRANEL, JUAN CARLOS ASARO, LUIS ROBERTO CORONEL, ROBERTO ALEJANDRO JUSTEL en orden al delito de Asociación Ilícita previsto por el art. 210 del C.P. (texto conforme ley 20.642)
- FALTA DE MERITO para ordenar el procesamiento o sobreseimiento respecto de NICOLÁS MIGUEL CAFFARELLO y HECTOR OSCAR CORRES, sin perjuicio de seguir la investigación según su estado. (art. 309 C.P.P.N)
- CONCEDER EL ARRESTO DOMICILIARIO de PATRICIO FERNANDEZ RIVERO, y estar a la espera del informe del CMF en el Incidente de Incapacidad Sobreviviente respecto del nombrado.
- Se ha ordenando la REBELDIA Y CAPTURA de: EDUARDO SALVADOR ULLÚA; FERNANDO FEDERICO DELGADO, FERNANDO ALBERTO OTERO; GUSTAVO MODESTO
DEMARCHI, JUAN PEDRO ASARO, y RAÚL ARTURO VIGLIZZO."

Piden penas de 25 y 19 años por la apropiación de una menor durante la dictadura

“Hay un interés colectivo”

Los abogados de Abuelas de Plaza de Mayo y la fiscalía hicieron sus alegatos en el juicio por la apropiación de la hija de Antonio Domingo García y Beatriz Recchia, víctimas del terrorismo de Estado.
Por Alejandra Dandan

El alegato de Abuelas de Plaza de Mayo llegaba al final. Uno de los abogados recordó entonces las palabras de Juliana García Recchia: “Yo siento que este juicio es un triunfo para mí –había dicho ella–, haber encontrado a mi hermana y ser una persona feliz, sentir que no pudieron conmigo: hace mucho yo me propuse ser una persona feliz y lo logré. Y deseo que mi hermana también lo sea: que logre la felicidad, la paz que se merece, que pueda ser una persona libre”.

Bajo ese amparo, el abogado Alan Iud terminó con el alegato pidiéndole al Tribunal Oral Federal 5 de San Martín la pena máxima de 25 años de prisión para Luis José Ricciuti y 19 años para Hélida Hermman, como coautores del delito de sustracción, retención y ocultamiento de una menor de diez años y alteración del estado civil. Iud dijo al tribunal que debían volver a poner las cosas en su lugar: “Dejar en claro que esta sociedad no tolera la apropiación de niños e imponga la sanción más grave prevista en la ley”. Durante la jornada, también alegó la fiscalía, que acusó a Ricchiuti a 20 años y a Hermman a 14, una pena mayor a la pedida por la jueza de primera instancia pero menor a la de Abuelas.

Con los alegatos de ayer, la audiencia que se lleva a cabo en el auditorio municipal de San Martín, emplazado arriba de los viejos basurales de José León Suárez, entró en la etapa final. Mañana, se conocerá el alegato de la defensa, los acusados tendrán derecho a un descargo y el tribunal comenzará a preparar la sentencia prevista para la semana siguiente a Navidad.

“Me gustaría explicarles que detrás de la causa hay un interés colectivo asumido por Abuelas”, indicó otro de los abogados del organismo de derechos humanos, Mariano Gaitán en el arranque: “El objeto es la restitución y la búsqueda de centenares de chicos y bebés que fueron robados por el terrorismo de Estado y aún hoy desconocen su verdadera identidad siendo adultos”. Esa búsqueda de “verdad, justicia y memoria colectiva –afirmó– es la única manera de que no se repitan estos hechos. En ese sentido, no sólo se busca la pena para los responsables sino que la condena tiene un sentido muy importante como garantía de no repetición de estos aberrantes hechos”.

Para el alegato, la querella reconstruyó la historia del caso: el operativo de enero de 1977 durante el cual un grupo de tareas del Ejército asesinó a Antonio Domingo García y secuestró a Beatriz Recchia que estaba embarazada y acompañada por su hija Juliana, de tres años y trece días. Hablaron de la estadía de Beatriz en el centro clandestino de Campo de Mayo y señalaron el funcionamiento de la maternidad clandestina. Tres empleadas civiles describieron cómo en el sector de epidemiología había tres habitaciones con números donde se alojaba a las mujeres embarazadas y parturientas NN que estaban detenidas, que esas habitaciones estaban con custodias en la puerta y las mujeres estaban vendadas con gasa hospitalaria; que no había registro de ellas; que los chicos no eran inscriptos en registros –según declaró una obstetra– y en el caso de las “pacientes sediciosas” estaban a cargo del jefe del servicio. Una enfermera contó además que por indicación de un traumatólogo tuvo que inyectar a una secuestrada con un producto que le impedía amamantar.

El nudo de la acusación, sin embargo, fueron las pruebas de la apropiación y los equívocos de los acusados que permitieron ir armando una hipótesis de lo que ocurrió. Hasta el juicio estaba claro que Ricchiuti se llevó a Bárbara recién nacida de Campo de Mayo, un dato que conocían hasta sus vecinos. El hombre revistó en el Batallón 601 de Inteligencia hasta diciembre de 1983 y cumplía actividades en Campo de Mayo. Su mujer no podía tener hijos. Durante el juicio, la defensa intentó demostrar que no fue así. Ricchiuti declaró el martes e intentó convencer al tribunal de que se encontró a la bebé en su auto, que para entonces no abría y cerraba muy bien. Y que la anotó a su nombre porque tenía que dar alguna explicación en el hospital militar de Campo de Mayo cuando la llevó a revisar.

Los abogados de Abuelas echaron abajo cada uno de sus argumentos. Recordaron cuantas veces pudieron que era complemente inverosímil. Apelaron a las pruebas a las que poco después también se refirió la fiscalía. Entre ellas, la historia clínica de Hermman en el Hospital Militar, que señala una primera consulta al ginecólogo el 20 de marzo de 1974, seguida por otras dos hasta diciembre del ’75. Ahí se habla de “esterilidad primaria” y le piden exámenes al marido. Luego, dos documentos: uno del Hospital Militar y el otro su partida de nacimiento. El primero es del 17 de mayo de 1977, un documento a nombre de una paciente llamada Bárbara María Guadalupe como si fuera hija de Ricchiuti y Hermman. Un día más tarde, se indicó que era una recién nacida. De días más tarde es en cambio el supuesto certificado de nacimiento de Bárbara: figura como nacida el 22 de mayo y dice que nació en Don Torcuato.

“Tal como surge de los documentos –dijo Gaitán– para el día 18 de mayo ya se le había impuesto el nombre Ricchiuti: al menos desde ese momento los imputados comenzaron a retenerla a diferencia de lo que introdujeron en la audiencia: no hicieron gestiones para buscar a los familiares porque apenas nacía ya le habían puesto el apellido.”

Para la querella, hubo una “alteración de su identidad” porque Bárbara creció desconociendo su verdad, su origen y desconociendo su verdadera historia. Para la querella, no le dijeron la verdad “para evitar que sea ella misma la que ubique su identidad y se acerque al Banco de Datos Genéticos por propia voluntad”. Y en ese sentido, explicaron que estaban ante un caso de desaparición forzada de personas, un espacio al que Bárbara perteneció y siguió estando hasta el año 2009, cuando a través de una causa judicial impulsada por Juliana y Abuelas se conocieron sus datos genéticos.

Sólo 10 años para dos apropiadores de un bebe durante la dictadura

Tías de Natalia
A cantarse unos tangos en la celda

El comerciante y cantante de tangos Omar Alonso y el marino Juan Carlos Herzberg fueron condenados por la apropiación de la hija de María Elena Corvalán y Mario Suárez Nelson.
Por María Laura D’Amico

El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata condenó a pasar diez años en una cárcel común a Omar Alonso y Juan Carlos Herzberg, culpables de la apropiación de una beba nacida en cautiverio durante la dictadura.

El presidente del tribunal que ya juzgó por crímenes de lesa humanidad a Miguel Etchecolatz, Cristian von Wernich y a los penitenciarios de la Unidad 9, Carlos Rozanski, leyó ayer, en menos de seis minutos, la sentencia correspondiente a la apropiación de la hija de María Elena Isabel Corvalán y Mario César Suárez Nelson, ambos víctimas de la última dictadura.

Al igual que en los casos anteriores, sobre el final del veredicto afirmó que “todos estos delitos deben calificarse como crímenes de lesa humanidad, cometidos como parte de un plan sistemático de apropiación de niños y niñas nacidos en el marco del genocidio que tuvo lugar en Argentina durante la última dictadura cívico-militar”.

Alonso era, en 1977, un comerciante platense y cantante de tangos, casado con una mujer varios años más joven que él, María Luján Di Mattía, con quien no podía tener hijos. Herzberg, que era capitán de navío de infantería de Marina, le entregó, el 8 de agosto de ese año, una beba de no más de cuatro o cinco horas de vida. La madre de la nena era María Elena Isabel Corvalán, una joven que había sido secuestrada y alojada en el centro clandestino de detención La Cacha, donde dio a luz a una nena de tres kilos y medio. Su marido, Mario César Suárez Nelson, había sido asesinado el 10 de junio de ese año por la Armada, cuando fueron a buscarlo a su casa de La Plata. Ambos militaban en Montoneros y creían que su hija se iba a llamar Lucía.

Pero cuando Alonso recibió a la niña, la anotó como hija biológica bajo el nombre de María Natalia, gracias a un certificado de nacimiento falso otorgado por el médico Francisco Antonio Bosia. El mismo nombre figuró en su documento y es el que la niña, devenida en una mujer de treinta y tres años, conserva hasta la fecha.

Cuando Natalia declaró en la primera audiencia del juicio que concluyó ayer dijo: “Estuve dos años creyendo eso. Pero había cosas que no me cerraban. Para un cumpleaños mío mi mamá me dijo que creía que yo era hija de desaparecidos. El terror que vi en sus ojos no lo vi nunca más. Eso para mí fue terrible. No puedo creer que me mintieran así. Me sentí muy mal”.

En 1982 la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo comenzó a recibir denuncias anónimas que indicaban que Natalia podría ser hija de desaparecidos. La causa comenzó a tramitarse tres años después en un juzgado bonaerense. En 1986 Alonso fue citado a indagatoria y, junto a su familia, se fugó a Paraguay, donde vivió diez años al amparo de la dictadura de Alfredo Stroessner. En 1993, Alonso regresó de visita a La Plata y quedó detenido, aunque luego fue sobreseído por “no hallarse probado el cuerpo del delito”. Di Mattía fue extraditada en 1996.

En 2005, Abuelas logró que se reabriera la causa en un juzgado federal y, mediante un estudio del Banco Nacional de Datos Genéticos realizado sobre objetos personales obtenidos en un allanamiento, Natalia supo que era hija de Corvalán y Suárez Nelson. Esa fue la primera vez que se realizó un procedimiento que permitió cotejar datos genéticos sin hacer una extracción de sangre. Al mismo tiempo, puso fin a una serie de fábulas pergeñadas por Alonso acerca de su verdadera identidad, que iban desde que era hija de un superior de Herzbeg que no quería tenerla hasta que era el fruto de una relación que Alonso había mantenido con una amante que había muerto de cáncer.

El fiscal Hernán Schapiro había solicitado una pena de veinte años para ambos imputados, mientras que los abogados que representan a Abuelas, Coleen Torre, Germán Kexel y Emanuel Lovelli, habían reclamado diecinueve años de prisión para el marino y veinticinco para el tanguero. Cuando Rozansky terminó de leer el veredicto, el público se mostró disconforme con la pena otorgada a los apropiadores.

Lovelli se mostró molesto con el fallo y dijo estar “sorprendido” por la decisión del tribunal. Sin embargo, destacó que “fueron veinticinco años de lucha de Abuelas y de los organismos sociales y cualquier condena, en este marco de impunidad, es positiva. Pero no queremos que la sociedad crea que cualquiera se puede llevar un chico y con diez años lo va a purgar”.