El juez federal Julio Leonardo Bavio condenó ayer a reclusión perpetua al ex jefe del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, y al ex jefe de Inteligencia de la Policía de Salta, Joaquín Guil, por su participación en la Masacre de Palomitas, el fusilamiento de 11 presos políticos cometido el 6 de julio de 1976 por miembros del Ejército y de la Policía provincial.
El magistrado dispuso que Guil debe cumplir esta sentencia como cualquier condenado común: en un establecimiento penitenciario, por lo que ordenó su “inmediata detención”, lo que se practicó al mediodía. El ex hombre fuerte de la Policía salteña fue enviado enseguida a la cárcel federal de Güemes.
Guil y Menéndez fueron condenados como autores mediatos de los homicidios doblemente calificados, por alevosía y por el número de personas que participaron, de los 11 presos políticos que estaban alojados en la cárcel de Villa Las Rosas y fueron asesinados en las cercanías de la localidad de Palomitas.
Además, el juez condenó a veinte años de prisión al ex policía federal y ex integrante del Servicio Penitenciario Provincial Juan Carlos Alzugaray, en su caso como partícipe secundario de los homicidios calificados. Tanto Menéndez como Alzugaray, ambos en delicado estado de salud, seguirán con el beneficio de la prisión domiciliaria.
La novedad fue dada a conocer a las partes al mediodía de la víspera. Como se trata de un procedimiento escrito (se rige por el antiguo código de procedimientos en material criminal), se informó por la simple vía de la notificación.
Por la tarde, familiares de las víctimas, militantes de organizaciones de derechos humanos y abogados querellantes dieron una conferencia de prensa. El hecho más destacado por todos fue la decisión del juez de detener a Guil, algo poco común para la generalidad de los magistrados salteños. “Es un día histórico”, afirmó Nora Leonard, hermana y cuñada respectivamente de Celia Leonard y Benjamín Avila, muertos en Palomitas, una de las que destacó la acción del juez Bavio. También los abogados David Leiva, Tania Kiriaco y Martín Avila pusieron énfasis en esta decisión.
De hecho solo dos jueces se atrevieron antes a ordenar la detención de Guil: la abogada jujeña Gladis Comas y el ex juez federal Abel Cornejo. Guil fue condenado en octubre pasado por el secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone pero el Tribunal Oral en lo Criminal Federal le mantuvo el beneficio de la prisión domiciliaria.
Parece que el ahora convicto por doble partida no se sentía realmente detenido permaneciendo en su casa de Villa San Lorenzo: fuentes extraoficiales comentaban ayer que cuando se le notificó que tenía que ir a la cárcel llamó a su abogado: “Me están deteniendo, me están deteniendo”, lo urgió.
Para tomar esta decisión el juez tuvo en cuenta los pedidos del fiscal Domingo Batule y de los querellantes. El magistrado hizo una interpretación restrictiva de la prisión domiciliaria, recordó que es facultativa del juez. “La injusticia de un proceder de concesión automática importaría –por sobre todo en casos de inusitada gravedad y exhorbitante trascendencia como el que nos ocupa en el que incluso se encuentra en juego la responsabilidad internacional del Estado por su deber de garantía al que se comprometió- a más de una aberración que ofende el sentido mismo de lo que es justo y el interés general en s u afianzamiento, una aplicación irracional de la norma al reconocer que existen derechos absolutos, lo que no es más que una concepción antisocial”, afirmó Bavio.
Esta es la segunda condena que se conoce en la causa Palomitas. La primera se dictó en diciembre de 2010, contra los militares Carlos Alberto Mulhall, Miguel Gentil, y Hugo César Espeche.
La investigación de este hecho prosigue: ya está abierta la causa conocida como Palomitas III, en la que los querellantes han solicitado la indagatoria de tres ex miembros del Servicio Penitenciario Provincial, Napoleón Soberón, Nicolás Oliva y Eduardo Carrizo, y del militar Joaquín Cornejo Alemán. En este proceso está también imputado el ex juez Ricardo Lona.
El magistrado dispuso que Guil debe cumplir esta sentencia como cualquier condenado común: en un establecimiento penitenciario, por lo que ordenó su “inmediata detención”, lo que se practicó al mediodía. El ex hombre fuerte de la Policía salteña fue enviado enseguida a la cárcel federal de Güemes.
Guil y Menéndez fueron condenados como autores mediatos de los homicidios doblemente calificados, por alevosía y por el número de personas que participaron, de los 11 presos políticos que estaban alojados en la cárcel de Villa Las Rosas y fueron asesinados en las cercanías de la localidad de Palomitas.
Además, el juez condenó a veinte años de prisión al ex policía federal y ex integrante del Servicio Penitenciario Provincial Juan Carlos Alzugaray, en su caso como partícipe secundario de los homicidios calificados. Tanto Menéndez como Alzugaray, ambos en delicado estado de salud, seguirán con el beneficio de la prisión domiciliaria.
La novedad fue dada a conocer a las partes al mediodía de la víspera. Como se trata de un procedimiento escrito (se rige por el antiguo código de procedimientos en material criminal), se informó por la simple vía de la notificación.
Por la tarde, familiares de las víctimas, militantes de organizaciones de derechos humanos y abogados querellantes dieron una conferencia de prensa. El hecho más destacado por todos fue la decisión del juez de detener a Guil, algo poco común para la generalidad de los magistrados salteños. “Es un día histórico”, afirmó Nora Leonard, hermana y cuñada respectivamente de Celia Leonard y Benjamín Avila, muertos en Palomitas, una de las que destacó la acción del juez Bavio. También los abogados David Leiva, Tania Kiriaco y Martín Avila pusieron énfasis en esta decisión.
De hecho solo dos jueces se atrevieron antes a ordenar la detención de Guil: la abogada jujeña Gladis Comas y el ex juez federal Abel Cornejo. Guil fue condenado en octubre pasado por el secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone pero el Tribunal Oral en lo Criminal Federal le mantuvo el beneficio de la prisión domiciliaria.
Parece que el ahora convicto por doble partida no se sentía realmente detenido permaneciendo en su casa de Villa San Lorenzo: fuentes extraoficiales comentaban ayer que cuando se le notificó que tenía que ir a la cárcel llamó a su abogado: “Me están deteniendo, me están deteniendo”, lo urgió.
Para tomar esta decisión el juez tuvo en cuenta los pedidos del fiscal Domingo Batule y de los querellantes. El magistrado hizo una interpretación restrictiva de la prisión domiciliaria, recordó que es facultativa del juez. “La injusticia de un proceder de concesión automática importaría –por sobre todo en casos de inusitada gravedad y exhorbitante trascendencia como el que nos ocupa en el que incluso se encuentra en juego la responsabilidad internacional del Estado por su deber de garantía al que se comprometió- a más de una aberración que ofende el sentido mismo de lo que es justo y el interés general en s u afianzamiento, una aplicación irracional de la norma al reconocer que existen derechos absolutos, lo que no es más que una concepción antisocial”, afirmó Bavio.
Esta es la segunda condena que se conoce en la causa Palomitas. La primera se dictó en diciembre de 2010, contra los militares Carlos Alberto Mulhall, Miguel Gentil, y Hugo César Espeche.
La investigación de este hecho prosigue: ya está abierta la causa conocida como Palomitas III, en la que los querellantes han solicitado la indagatoria de tres ex miembros del Servicio Penitenciario Provincial, Napoleón Soberón, Nicolás Oliva y Eduardo Carrizo, y del militar Joaquín Cornejo Alemán. En este proceso está también imputado el ex juez Ricardo Lona.
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