Los jueces del Tribunal Oral Federal de Tucumán tendrán que definir este mes cuántos años de prisión perpetua tendrá que cumplir el represor Antonio Domingo Bussi por la desaparición y homicidio del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse. Para el cómputo se tendrá en cuenta el primer día de detención por este hecho, que se remonta al 15 de octubre de 2003. El Tribunal Oral también deberá decidir dónde cumplirá la pena: en el country de Yerba Buena, en un predio militar o en la cárcel de Villa Urquiza.
Una vez que tengan en sus manos el abultado expediente sobre la causa Vargas Aignasse que debe ser girado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los jueces del Tribunal Oral Federal de Tucumán se abocarán a resolver dos cuestiones clave para el futuro del represor Antonio Domingo Bussi: cuántos años incluirá la prisión perpetua en su contra y dónde deberá cumplirla.
Para el cómputo de la pena se tendrá en cuenta el primer día de detención del ex gobernador de facto, hecho que ocurrió el 15 de octubre de 2003. Ese día, en medio de un revuelo mediático y político desatado en la provincia, el entonces juez federal Jorge Parache le tomó la primera declaración indagatoria por la causa Vargas Aignasse y tras varias horas decidió ordenar su detención.
Luego vino el procesamiento y cinco años más tarde el histórico juicio oral y público, que finalizó el 28 de agosto de 2008, con la condena a prisión perpetua a Bussi y el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, por la desaparición y homicidio del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse.
Pero recién en los últimos días del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo de las defensas de ambos represores en contra del fallo condenatorio, con lo cual técnicamente quedó firme la sentencia.
Con esta decisión del Máximo Tribunal de la Nación, los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Luis López (juez santiagueño en reemplazo de Josefina Curi) tienen luz verde para resolver también sobre la modalidad del cumplimiento de la pena, un tema pendiente desde el día de la sentencia, cuando los familiares y organismos de derechos humanos reclamaron en vano que sean llevados a una celda del penal de Villa Urquiza.
Ahora, los magistrados deben decidir en el marco de la Ley 24.660 (de ejecución de la pena privativa de libertad) si mantienen el arresto domiciliario que hoy cumple Bussi en un country de Yerba Buena o es enviado a una cárcel común. Una tercera alternativa, es la Unidad Penitenciaria Federal de Campo de Mayo, donde además de la cárcel hay un hospital militar. Igual análisis deberá realizarse para Menéndez.
En el caso del cómputo de la pena, se especula que oscilará entre los 20 y 35 años, en ambos casos se superan las expectativas de vida de los octogenarios represores.
Una vez que tengan en sus manos el abultado expediente sobre la causa Vargas Aignasse que debe ser girado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los jueces del Tribunal Oral Federal de Tucumán se abocarán a resolver dos cuestiones clave para el futuro del represor Antonio Domingo Bussi: cuántos años incluirá la prisión perpetua en su contra y dónde deberá cumplirla.
Para el cómputo de la pena se tendrá en cuenta el primer día de detención del ex gobernador de facto, hecho que ocurrió el 15 de octubre de 2003. Ese día, en medio de un revuelo mediático y político desatado en la provincia, el entonces juez federal Jorge Parache le tomó la primera declaración indagatoria por la causa Vargas Aignasse y tras varias horas decidió ordenar su detención.
Luego vino el procesamiento y cinco años más tarde el histórico juicio oral y público, que finalizó el 28 de agosto de 2008, con la condena a prisión perpetua a Bussi y el ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, por la desaparición y homicidio del ex senador provincial Guillermo Vargas Aignasse.
Pero recién en los últimos días del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un planteo de las defensas de ambos represores en contra del fallo condenatorio, con lo cual técnicamente quedó firme la sentencia.
Con esta decisión del Máximo Tribunal de la Nación, los jueces Gabriel Casas, Carlos Jiménez Montilla y Luis López (juez santiagueño en reemplazo de Josefina Curi) tienen luz verde para resolver también sobre la modalidad del cumplimiento de la pena, un tema pendiente desde el día de la sentencia, cuando los familiares y organismos de derechos humanos reclamaron en vano que sean llevados a una celda del penal de Villa Urquiza.
Ahora, los magistrados deben decidir en el marco de la Ley 24.660 (de ejecución de la pena privativa de libertad) si mantienen el arresto domiciliario que hoy cumple Bussi en un country de Yerba Buena o es enviado a una cárcel común. Una tercera alternativa, es la Unidad Penitenciaria Federal de Campo de Mayo, donde además de la cárcel hay un hospital militar. Igual análisis deberá realizarse para Menéndez.
En el caso del cómputo de la pena, se especula que oscilará entre los 20 y 35 años, en ambos casos se superan las expectativas de vida de los octogenarios represores.
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