Marcela y Felipe Noble Herrera debían comparecer a las 9 en el Hospital Durand, donde funciona el Banco Nacional de Datos Genéticos, según la orden de la magistrada que lleva adelante la causa por la apropiación de los hijos de la dueña del Grupo Clarín durante la dictadura militar.
Según lo publicado el miércoles por el diario Clarín, los abogados de los jóvenes adelantaron que interpondrían un escrito ante la Cámara Federal de San Martín impugnando la medida solicitada por la magistrada.
"Es un escrito desesperado más para entorpecer y demorar la investigación", sostuvo ante la prensa el abogado de una de las querellas, Pablo Llonto, en las puertas del Hospital Durand.
Llonto recordó que "desde diciembre de 2002 está ordenada esta medida de prueba que ocho años después todavía no puede cumplirse".
El abogado se refirió a la medida ordenada por el destituído juez Norberto Marquevich.
Los abogados Llonto y Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, se retiraron con la notificación de la directora del BNDG, María Belén Cardozo, informando a la jueza la no comparecencia.
En tanto, en conferencia de prensa en la casa de Abuelas, Estela de Carlotto aclaró que la medida de tomar muestras en forma obligatoria, en caso de que exista negativa por parte de los hijos adoptivos de Noble, fue un pedido de la institución "dado que no existen certezas sobre las muestras obtenidas en diciembre de 2009" y que esa medida "está de acuerdo a la más reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
En esa oportunidad, las muestras fueron ofrecidas voluntariamente en el Cuerpo Médico Forense y no en el BNDG como estipula la ley, a las que se agregaron las de tres allanamientos posteriores, material que fue objetado por Abuelas, recordó Carlotto.
"En lo referente al material recabado en el Cuerpo Médico Forense (mientras la causa estaba a cargo del juez Conrado Bergesio), no se garantizó debidamente su cadena de custodia", precisó.
"Además el establecimiento no estaba habilitado legalmente para tal función y los peritos de las querellas tampoco pudieron presenciar el procedimiento", dice el comunicado leído por Carlotto que también puntualizó que "se detectaron discordancias entre lo reflejado en las actas y lo que efectivamente sucedió".
Agregó también que "luego de ser separado de la causa, Bergesio retuvo por 13 días un juego de muestras en la caja fuerte de su despacho, la cual apareció con una manija rota el día que iban a ser trasladadas a otra dependencia".
"Tampoco existen garantías de que las muestras obtenidas en los allanamientos realizados por Bergesio en diciembre de 2009 pertenezcan a Marcela y Felipe" porque en ellos "la policía demoró más de una hora en ingresar a las viviendas después de avisar a los ocupantes", en tanto "los otros objetos secuestrados (cepillos de dientes, peines, máquina de afeitar) presentaban varios o ningún perfil genético", detalló.
Asimismo, puntualizó que "se compararon los perfiles genéticos de una prenda íntima y un par de pantuflas con los encontrados en las prendas secuestradas el 28 de mayo en el allanamiento ordenado por Arroyo Salgado" y que "si bien se halló una correspondencia con un perfil genético que aparecía en la prenda íntima femenina y en el pantalón masculino, también se detectaron contribuciones genéticas no identificadas en las mismas prendas".
Como conclusión -señaló- que "tras dos meses de trabajo, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos los peritos de parte coinciden en que no pueden afirmar que los perfiles genéticos detectados efectivamente pertenezcan a Marcela y Felipe" y que por esa razón "la jueza entendió necesario superar todos los interrogantes y recabar material genético directamente del cuerpo".
"En su resolución, la magistrada destaca que la medida se adecua a la ley, pues se han agotado todas las medidas alternativas disponibles para recabar ADN, por lo que ésta es la única vía que queda para que la investigación no se estanque definitivamente", indicó.
Abuelas recordó que para la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "una extracción sanguínea contra la voluntad de la víctima solo sería viable si no existiera otro medio idóneo para obtener ADN" y que este criterio "fue recogido por el Congreso Nacional cuando en noviembre del año pasado sancionó la ley Nº 26.549, aprobada por amplia mayoría y con el apoyo de diversos sectores sociales y políticos".
"El tiempo avanza inexorablemente y los familiares que buscamos a los hijos de nuestros hijos hace casi diez años que aguardamos para confirmar o descartar si Marcela y Felipe son hijos de desaparecidos", concluyó.
La causa por la identidad biológica de los hijos adoptivos de la empresaria Ernestina Herrera de Noble lleva ya ocho años de trámite, durante los cuales fue destituído el primer juez, Roberto Marquevich, luego de haber ordenado una breve detención de Ernestina de Noble, y apartado por moroso el segundo, Conrado Bergesio.
Según lo publicado el miércoles por el diario Clarín, los abogados de los jóvenes adelantaron que interpondrían un escrito ante la Cámara Federal de San Martín impugnando la medida solicitada por la magistrada.
"Es un escrito desesperado más para entorpecer y demorar la investigación", sostuvo ante la prensa el abogado de una de las querellas, Pablo Llonto, en las puertas del Hospital Durand.
Llonto recordó que "desde diciembre de 2002 está ordenada esta medida de prueba que ocho años después todavía no puede cumplirse".
El abogado se refirió a la medida ordenada por el destituído juez Norberto Marquevich.
Los abogados Llonto y Alan Iud, de Abuelas de Plaza de Mayo, se retiraron con la notificación de la directora del BNDG, María Belén Cardozo, informando a la jueza la no comparecencia.
En tanto, en conferencia de prensa en la casa de Abuelas, Estela de Carlotto aclaró que la medida de tomar muestras en forma obligatoria, en caso de que exista negativa por parte de los hijos adoptivos de Noble, fue un pedido de la institución "dado que no existen certezas sobre las muestras obtenidas en diciembre de 2009" y que esa medida "está de acuerdo a la más reciente jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
En esa oportunidad, las muestras fueron ofrecidas voluntariamente en el Cuerpo Médico Forense y no en el BNDG como estipula la ley, a las que se agregaron las de tres allanamientos posteriores, material que fue objetado por Abuelas, recordó Carlotto.
"En lo referente al material recabado en el Cuerpo Médico Forense (mientras la causa estaba a cargo del juez Conrado Bergesio), no se garantizó debidamente su cadena de custodia", precisó.
"Además el establecimiento no estaba habilitado legalmente para tal función y los peritos de las querellas tampoco pudieron presenciar el procedimiento", dice el comunicado leído por Carlotto que también puntualizó que "se detectaron discordancias entre lo reflejado en las actas y lo que efectivamente sucedió".
Agregó también que "luego de ser separado de la causa, Bergesio retuvo por 13 días un juego de muestras en la caja fuerte de su despacho, la cual apareció con una manija rota el día que iban a ser trasladadas a otra dependencia".
"Tampoco existen garantías de que las muestras obtenidas en los allanamientos realizados por Bergesio en diciembre de 2009 pertenezcan a Marcela y Felipe" porque en ellos "la policía demoró más de una hora en ingresar a las viviendas después de avisar a los ocupantes", en tanto "los otros objetos secuestrados (cepillos de dientes, peines, máquina de afeitar) presentaban varios o ningún perfil genético", detalló.
Asimismo, puntualizó que "se compararon los perfiles genéticos de una prenda íntima y un par de pantuflas con los encontrados en las prendas secuestradas el 28 de mayo en el allanamiento ordenado por Arroyo Salgado" y que "si bien se halló una correspondencia con un perfil genético que aparecía en la prenda íntima femenina y en el pantalón masculino, también se detectaron contribuciones genéticas no identificadas en las mismas prendas".
Como conclusión -señaló- que "tras dos meses de trabajo, el Banco Nacional de Datos Genéticos y todos los peritos de parte coinciden en que no pueden afirmar que los perfiles genéticos detectados efectivamente pertenezcan a Marcela y Felipe" y que por esa razón "la jueza entendió necesario superar todos los interrogantes y recabar material genético directamente del cuerpo".
"En su resolución, la magistrada destaca que la medida se adecua a la ley, pues se han agotado todas las medidas alternativas disponibles para recabar ADN, por lo que ésta es la única vía que queda para que la investigación no se estanque definitivamente", indicó.
Abuelas recordó que para la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, "una extracción sanguínea contra la voluntad de la víctima solo sería viable si no existiera otro medio idóneo para obtener ADN" y que este criterio "fue recogido por el Congreso Nacional cuando en noviembre del año pasado sancionó la ley Nº 26.549, aprobada por amplia mayoría y con el apoyo de diversos sectores sociales y políticos".
"El tiempo avanza inexorablemente y los familiares que buscamos a los hijos de nuestros hijos hace casi diez años que aguardamos para confirmar o descartar si Marcela y Felipe son hijos de desaparecidos", concluyó.
La causa por la identidad biológica de los hijos adoptivos de la empresaria Ernestina Herrera de Noble lleva ya ocho años de trámite, durante los cuales fue destituído el primer juez, Roberto Marquevich, luego de haber ordenado una breve detención de Ernestina de Noble, y apartado por moroso el segundo, Conrado Bergesio.
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