Hospital Militar de Paraná : pedido de prisión perpetua y cárcel común para todos los acusados

El pedido de condena es por la condición de coautores de Guerrieri, Fariña, Amelong, Pagano y González y de partícipe necesario de Zaccaría, de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de los hijos de Raquel Negro y de desaparición forzada del bebé varón • Ahora presentan su alegato los fiscales
 
Los abogados de las partes querellantes pidieron este miércoles una condena de prisión perpetua de cumplimiento efectivo en cárcel común para todos los acusados en el juicio por la causa Hospital Militar, por los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de los hijos de Raquel Negro, la supresión de sus identidades y la desaparición forzada del mellizo varón, publicó UNO.

Se consideró partícipe necesario al médico militar Juan Antonio Zaccaría y coautores a Pascual Guerrieri, Jorge Fariña, Juan Daniel Amelong, Marino González y Walter Pagano. De la misma manera, solicitaron la inhabilitación perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y tareas de seguridad privada; y que se revoque la prisión domiciliaria de la cual goza actualmente Guerrieri.

Subsidiariamente, para el caso que el Tribunal Oral Federal de Paraná no acepte la calificación del delito de desaparición forzada, se pidió una pena de prisión de 25 años e inhabilitación de cumplimiento efectivo.

Álvaro Baella, abogado de Abuelas de Plaza de Mayo, concluyó el extenso alegato de cuatro horas de las partes querellantes, calificando a los delitos de que fue víctima el bebé varón de Raquel Negro de “desaparición forzada” agravada por ser la victima una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre, en concurso ideal con el delito de “supresión de estado civil de un menor de diez años”; todo esto en concurso real con la sustracción, retención y ocultación de un menor de diez años en concurso ideal con el delito de supresión de estado civil de un menor de diez años que tuvieron por víctima a Sabrina Gullino, la hija mujer de Negro.

Son querellantes en la causa la Secretaría de Derechos Humanos, representada por Lucas Ciarniello Ibañez; la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo (Ana Oberlin y Álvaro Baella son sus abogados); Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia, contra el Olvido y el Silencio (Hijos), representados por Florencia Amore y Álvaro Piérola, quien también representan a Sebastián Álvarez y Sabrina Gullino.

Al comienzo de los alegatos, Ana Oberlin, abogada de Abuelas de Plaza de Mayo, dijo: "Tenemos la certeza de que hemos llegado a probar de forma total y completa todos los elementos que habíamos puesto en nuestras acusaciones."

La letrada continuó: "El objetivo de la dictadura cívico militar era transformar totalmente la estructura económica y social del país, reprimir a los opositores políticos y disciplinar al resto de la sociedad, y esto sólo se podía lograr a través de la implantación del terrorismo de Estado, porque se necesitaban poseer todos los resortes del gobierno para poder garantizar la impunidad".

"Esos objetivos tenían algunos contornos difusos, por ejemplo qué hacer con los niños nacidos en cautiverio o de muy pequeña edad que eran secuestrados con sus padres. Esto surgió de forma casi inmediata y fue absorbido como parte de los objetivos a desarrollar en este plan criminal", sostuvo.

Oberlín detalló que durante la dictadura se organizaban los partos de las mujeres secuestradas embarazadas "de dos formas generales: una era organizar en los centros clandestinos de detención verdaderas maternidades clandestinas, donde se llevaba a parir a las mujeres que estaban en ese y otros CCD. La otra era usar infraestructura que ya existía y tenían a mano, que son los Hospitales Militares, como en el caso abordado en este juicio".

Agregó que durante el debate quedó claro que Raquel Negro “no fue la única mujer que fue traída a parir ilegalmente aquí”.

"Esa práctica represiva –destacó la abogada– tenía tres objetivos centrales: el primero era que los menores no crecieran con sus familias biológicas, como se hiciera en España durante el franquismo con los hijos de los republicanos. En Argentina algunos niños fueron apropiados, otros asesinados y otros dejados en orfanatos y entregados de buena fe a familias que los criaron, como el caso de Sabrina Gullino. El segundo objetivo de este plan sistemático fue efectuar un castigo adicional a las familias de los desaparecidos. Cuesta mucho imaginar efectos más perversos y más actuales que este; se reactualiza cotidianamente el dolor de esa búsqueda que no termina”, aseguró Oberlin.

El tercero de los objetivos era que consistía en una forma más de disciplinamiento para la sociedad. “No creo que exista un terror asimilable a pensar que te pueden llegar a robar a tus hijos, eso sin duda era paralizante para el resto de la sociedad”, aseveró.

Luego la abogada de HIJOS, Florencia Amore, hizo un desmenuzamiento de los pruebas que acreditan los delitos investigados: sobre todo los testimonios de Eduardo Costanzo, Jaime Dri, los periodistas Miguel Bonasso, Carlos del Frade y Reinaldo Sietecase, las enfermeras del Hospital Militar y del Instituto Privado de Pediatrpia, la declaración del imputado Juan Antonio Zaccaría y de los médicos de ambos centros asistenciales, entre otros.

Amore y los representantes de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Lucas Ciarnello, y de Abuelas, Álvaro Baella, detallaron cada una de las pruebas que incriminan a Guerrieri, Amelong, Fariña, Pagano, González y Zaccaría.

• Alegato de la fiscalía

La fiscal Marina Herbel manifestó que los delitos ocurrieron dentro de un plan sistemático clandestino estructurado desde el poder, bajo la jurisdicción del segundo cuerpo de Ejército y en el Hospital Militar de Paraná que dependía de aquel. El “eje” del operativo fue el Destacamento de Inteligencia 121, que ejecutó la sustracción de los menores y la sustitución de sus identidades, delitos de lesa humanidad que ocurrieron en el marco del terrorismo de Estado, aseguró la fiscal.

Herbel expuso los fundamentos de su acusación citando las pruebas testimoniales en coincidencia con lo manifestado previamente por la querella y repasando cómo se produjeron los hechos desde el traslado de Raquel Negro a Paraná y su internación en el nosocomio, hasta el nacimiento de los mellizos y su posterior derivación al IPP.

Además hizo una “exhortación a la gente de esta ciudad” que tenga algún conocimiento del paradero del mellizo varón, a que lo acerque al Ministerio Público Fiscal o al Juzgado federal de primera instancia de Paraná.

Luego el fiscal José Ignacio Candioti adelantó que mantendrían la postura sustentada en el requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía, es decir que consideran que las figuras aplicables son las establecidas en los artículos 139 inciso 2 del Código Penal en concurso real con la establecida en el 146 del CP, es decir la “supresión de estado civil” y la “sustracción de menores”.

Asimismo dijo que mantenían la postura de considerar autores mediatos a Guerrieri, Fariña, Amelong y González, pero entendieron que en el curso del debate quedó acreditado que la responsabilidad de Pagano y Zaccaría debe ser encuadrada dentro de la participación necesaria.

Se espera que la semana que viene se conozca la sentencia por los delitos de lesa humanidad por los que son juzgados los militares de Inteligencia Amelong, Pascual Oscar Guerrieri, Marino Héctor González y Jorge Alberto Fariña; el agente civil de Inteligencia Walter Salvador Dionisio Pagano y el médico militar Juan Antonio Zaccaría.

La detenida desaparecida Raquel Negro dio a luz a mellizos en el Hospital Militar en 1978. Ambos fueron sustraídos y su identidad sustituída. Uno de ellos, Sabrina Gullino, recuperó su identidad en 2008, mientras que su hermano varón continúa siendo buscado.

1 comentario:

Anónimo dijo...

SERA JUSTICIA.